ARRENDADORES O CASEROS

 

El riesgo de rentar un inmueble, es que el inquilino resulte moroso y el fiador insolvente.

Esos riesgos usted no puede evitarlos, pero sí puede reducirlos al conocer el Historial Arrendaticio de inquilinos y fiadores, antes de rentar su inmueble, ya que por ignorar esos antecedentes, puede darse el caso que usted rente su inmueble a una persona que por morosa, lo estén corriendo de otro inmueble y en corto tiempo, sea usted el próximo en demandarla para que pague y desocupe.

Es muy frecuente que cuando un Juez ordena el LANZAMIENTO de un inquilino, éste busque otro inmueble en la misma colonia y pague el primer mes de renta y el depósito, no efectuando ningún pago posterior, hasta que usted lo demande y un Juez ordene su lanzamiento.

Generalmente, para el arrendador o casero, un juicio en contra del inquilino implica el pago de honorarios de Abogados, gastos de juicio y no cobrar las rentas durante el tiempo que dure el juicio, ya que frecuentemente los arrendadores se conforman con que el inquilino desocupe el inmueble aunque no pague lo adeudado.

Buró Inquilinario ofrece para los ARRENDADORES o CASEROS, un Paquete Especial, en el que se incluyen todos los servicios que usted necesita para rentar su inmueble sin riesgos, pero el arrendador o casero, puede hacer uso de uno o varios servicios, a su elección:

PAQUETE ESPECIAL:

  1. Asistencia Legal en línea y telefónica. (Sin límite de consultas)
  2. Redacción del contrato de arrendamiento, acorde a sus necesidades.
  3. Instalación de una lona, en el exterior de su inmueble. (Solamente en el Distrito Federal)
  4. Información telefónica a personas que se interesen en rentar su inmueble.
  5. Evaluación e investigación de su próximo inquilino y fiador.
  6. Constancia de Antecedentes Legales del inquilino o de No Antecedentes.
  7. Constancia de Antecedentes Legales del fiador o de No Antecedentes.
  8. Solicitud de arrendamiento, para ser llenada por el inquilino y por el fiador.
  9. Monitoreo mensual del fiador, después de firmado el contrato de arrendamiento, para asegurarnos de el fiador no se auto-embargue con la finalidad de no pagar los adeudos del inquilino, así como para mantener vigente la garantía de pago, ya que el inmueble del fiador puede ser embargado por alguna Institución de Crédito u otra persona.

COSTO DE ESTE SERVICIO:
El 50% del importe de un mes de renta, más IVA.
$1,500.00 más IVA si solamente redactamos el contrato de arrendamiento.
Forma de pago: 50% al solicitar el servicio.

 

Hoy en día, la persona que dé en arrendamiento una CASA SOLA, debe tomar precauciones extremas, ya que recientemente entraron en vigor la Ley Federal de Extinción de Dominio y la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal.

Estas leyes tienen aplicación cuando la autoridad haga una visita domiciliaria al inquilino y en el interior del inmueble encuentre objetos de procedencia ilícita o cuando el inquilino se dedique a delinquir y utilice el inmueble arrendado como bodega o guarida de secuestradores, en cuyo caso, se iniciará en contra del ARRENDADOR un juicio de Extinción de Dominio, cuyo efecto es la pérdida definitiva del inmueble.

Al consultar mensualmente la base de datos de Buró Inquilinario, usted podrá enterarse de algún juicio promovido en su contra, para evitarse sorpresas desagradables.
Este servicio de MONITOREO, tiene un costo ANUAL de $1,200.00 más IVA e incluye doce consultas a nuestra base de datos.

 

Si tiene alguna duda, sugerencia, propuesta o comentario, escríbanos a:
contacto@buroinquilinario.com.mx

Atención Personalizada
5584-5469
01800-874-8891
(Lada sin costo)

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